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Tramitación Municipal

01.

Aprobación de Anteproyecto

La presentación de un Anteproyecto es voluntaria y previa a la tramitación de un Permiso de Edificación.

Su finalidad es mantener durante un plazo establecido, la vigencia de las normas urbanísticas aplicadas, en caso de que estas sean modificadas

• Debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

• Debe Cumplir con el Plan Regulador Comunal.

• Debe Cumplir con el art 5.1.5 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

• Debe ser patrocinado por un arquitecto.

02.

Permiso de Edificación

Antes de comenzar cualquier obra, se debe obtener la aprobación de un proyecto de arquitectura ante la Dirección de Obras Muicipales (DOM) respectiva, esta aprobación se denomina Permiso de Edificación.

El Permiso de Edificación es una autorización para poder construir una obra. Se trata de la aprobación del conjunto de planos, informes técnicos, declaraciones y documentos elaborados por el arquitecto patrocinante.

03.

Modificación de Permiso

Para obtener el permiso de modificación se deberán acompañar planos y especificaciones técnicas de aquellas partes del edificio que sufran cambios respecto a los antecedentes primitivamente aprobados, dicha modificación deberá cumplir con todas las exigencias de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

04.

Recepción Definitiva

La Recepción Final o Recepción Definitiva, es el último trámite que debe cumplir una edificación para que la Dirección de Obras Municipal la reconozca como tal, luego de esto no existen más tramitaciones y la obra queda en cumplimiento de la normativa una vez aprobada la solicitud.

otros servicios municipales:

05.

Rectificación de Deslindes

La modificación y rectificación de deslindes son procesos en el que se corrigen las dimensiones de un terreno de acuerdo a lo que estipula la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC, Art. 67) sin que afecten los derechos a terceros.

06.

Fusión - Subdivisión

La Fusión tiene por objeto unir dos o más predios, para conformar un terreno mayor que permitirá mejores condiciones de edificación.

La Subdivisión implica reducir la superficie de un terreno al separalo en dos o más, considerando que los predios resultantes deben cumplir la superficie predial mínima normada en el Plan Regulador Comunal.

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